La etiqueta energética es un distintivo o certificado vigente desde el año 1995 , en el cual se señala la Calificación energética de un electrodoméstico o edificio en función de su grado de eficiencia energética (consumo energético).

Las etiquetas de eficiencia energética y los certificados energéticos caducan a los 10 años de su emisión. Eso quiere decir que, es recomendable renovar los electrodomésticos una vez pasado ese periodo o, por lo menos, comprobar su estado y funcionamiento. Y en cuanto al certificado energético de una vivienda, si va a venderse o alquilarse, se recomienda hacer las remodelaciones que correspondan para sumar valor añadido y calidad al inmueble con un certificado actualizado y positivo.

A lo largo de estos 26 años de historia del etiquetado energético, las calificaciones han ido cambiando en las etiquetas y certificados, asi como las normativas europeas sobre las mismas. Siendo la primera Directiva la 92/75EC  del 22 de Septiembre de 1992, el 31 de julio del 2011 entró en vigor la Directiva 2010/30/EU  que sustituía a la anterior. En marzo de este año (2021)  salió el nuevo etiquetado aplicable en cinco familias de electrodomesticos y en Junio de este año (2021) entro en vigor el Real Decreto 390/2021  en el cual se aprobaba el procedimiento básico de la eficiencia energética de los edificios

Industria Sostenible

Industrias o edificios con eficiencia energética

Teniendo en cuenta la escala anterior, y al ver que cada vez hay más productos con calificaciones como A +, A ++ o A +++, en la escala actualizada, el cambio más relevante es que se recupera la escala A-G (la inicial), escala más estricta y que está diseñada para que muy pocos productos logren inicialmente la calificación «A.

Esta escala de calificación energética se compone de siete letras correlativas; de la A a la G, siendo A la mejor calificación y G la peor, Los productos de mayor eficiencia energética que se encuentran actualmente en el mercado normalmente se etiquetarán como «B», «C» o «D» en adelante.

La etiqueta no solo se informa de la calificación y el consumo eléctrico, sino que también se aportan datos sobre el agua utilizada por ciclo de lavado, la capacidad de almacenamiento o el ruido, entre otros.

Si se trata de la etiqueta de un piso, edificio, oficinas, etc., esta aportará información relacionada con el consumo anual de energía, el consumo de CO2 anual y de datos relacionados con sus funciones.

En el nuevo RD 390, en el articulo 3.1 párrafo e) podemos encontrar que los edificios o partes de edificios con una superficie útil total superior a 500 m² deberán obtener su certificación energética a partir de la publicación en el BOE.

Estas certificaciones de edificios serán realizadas por empresas de servicios   con auditores energéticos

Ante cualquier duda si nos aplica o no en nuestros edificios, trabajos, lonjas, etc.. puedes ponerte en contacto con nosotros.

¿Hablamos?

 

#comprometidos #medioambiente #actuamos #Porelclima