Se publica el Acuerdo, de 19 de diciembre de 2017, de la Asamblea General del Consorcio de Aguas Kantauriko Urkidetza, por el que se aprueba definitivamente la ordenanza reguladora de vertidos a la red de saneamiento. Publicado en: BOTHA Num. 31, de 14/03/2018 y Referencia: BOTHA -2018-31-780.
Dicha Ordenanza, establece tres tipos de usuario:
– Tipo A: aquél que utiliza agua para vivienda u hogar exclusivamente, sin destinarla a uso comercial o industrial alguno.
– Tipo B: los usuarios con actividades comerciales o de servicio, restauración, industriales u otras con consumo inferior a 3.000 m3/año y con carga contaminante inferior a 70 habitantes equivalentes.
– Tipo C: aquellos que:
* Utilizan agua para actividades comerciales, industriales u otras con un consumo superior a 3.000 m3/año, o aun siendo inferior el volumen, que su carga contaminante sea superior a 70 habitantes equivalentes.
* Aprovechan aguas de otros recursos distintos de la red municipal de abastecimiento (pozos, aguas pluviales, captaciones, etc.).
* No reuniendo las condiciones expuestas en los puntos anteriores, tengan procesos que produzcan o puedan producir vertidos agresivos a los colectores, a los procesos de depuración o al medio acuático.
La Ordenanza, en su artículo 12, establece limitaciones de vertido (para usuarios A, B y C) y establece la obligación de que los usuarios tipo C, realicen autocontroles a sus vertidos (artículo 19).
Finalmente indicar que cualquier usuario (A, B y C), deben obtener sus permisos de vertido (artículo 24), en los plazos indicados en la disposición transitoria primera.
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