Se publica el Acuerdo, de 19 de diciembre de 2017, de la Asamblea General del Consorcio de Aguas Kantauriko Urkidetza, por el que se aprueba definitivamente la ordenanza reguladora de vertidos a la red de saneamiento. Publicado en: BOTHA Num. 31, de 14/03/2018 y Referencia: BOTHA -2018-31-780.

Dicha Ordenanza, establece tres tipos de usuario:

– Tipo A: aquél que utiliza agua para vivienda u hogar exclusivamente, sin destinarla a uso comercial o industrial alguno.

– Tipo B: los usuarios con actividades comerciales o de servicio, restauración, industriales u otras con consumo inferior a 3.000 m3/año y con carga contaminante inferior a 70 habitantes equivalentes.

– Tipo C: aquellos que:

* Utilizan agua para actividades comerciales, industriales u otras con un consumo superior a 3.000 m3/año, o aun siendo inferior el volumen, que su carga contaminante sea superior a 70 habitantes equivalentes.

* Aprovechan aguas de otros recursos distintos de la red municipal de abastecimiento (pozos, aguas pluviales, captaciones, etc.).

* No reuniendo las condiciones expuestas en los puntos anteriores, tengan procesos que produzcan o puedan producir vertidos agresivos a los colectores, a los procesos de depuración o al medio acuático.

 

La Ordenanza, en su artículo 12, establece limitaciones de vertido (para usuarios A, B y C) y establece la obligación de que los usuarios tipo C, realicen autocontroles a sus vertidos (artículo 19).

Finalmente indicar que cualquier usuario (A, B y C), deben obtener sus permisos de vertido (artículo 24), en los plazos indicados en la disposición transitoria primera.